La demanda fue presentada por las organizaciones francesas apiDV y Droit Pluriel, que denunciaron que las barreras de accesibilidad impedían a las personas ciegas y con discapacidad visual utilizar de forma autónoma los servicios de compra en línea. El tribunal concluyó que los servicios digitales de Carrefour incumplían la legislación francesa de accesibilidad.
La sentencia tiene una relevancia especial porque constituye uno de los primeros casos importantes de aplicación judicial de la normativa nacional que desarrolla la EAA. Además, establece que la accesibilidad debe entenderse como una obligación de resultado, no simplemente de medios: no basta con demostrar que se están realizando mejoras; los usuarios con discapacidad deben poder utilizar efectivamente el servicio y completar las tareas esenciales. ¿A qué me suena esto? A lo que ocurrió con la denuncia que se presentó por falta de accesibilidad del sitio web de Renfe.
Aunque el caso se basa en la legislación francesa, sus implicaciones alcanzan a todas las organizaciones sujetas a la EAA en la Unión Europea. La resolución evidencia que los requisitos de accesibilidad ya no son meramente teóricos y que las empresas pueden enfrentarse a acciones legales si sus sitios web, aplicaciones o servicios digitales no son accesibles.